La posible solución de Cruz Azul ante el veto al Estadio Azteca

La Comisión Disciplinaria de la Liga MX sancionó a Cruz Azul con un partido de veto al Estadio Azteca debido a los gritos discriminatorios lanzados por su afición.

La Comisión Disciplinaria de la Liga MX sancionó a Cruz Azul con un partido de veto al Estadio Azteca debido a los gritos discriminatorios lanzados por su afición.
La Comisión Disciplinaria de la Liga MX sancionó a Cruz Azul con un partido de veto al Estadio Azteca debido a los gritos discriminatorios lanzados por su afición.
JI
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El grito discriminatorio es un mal que la Liga MX no ha podido erradicar de los estadios, y en el último duelo de Cruz Azul como local, aficionados celestes lanzaron en cuatro ocasiones el grito homofóbico, motivo por el cual el partido tuvo que ser detenido en dos ocasiones.

Los aficionados de Cruz Azul son los que peor se han portado en el presente Apertura 2021, es por eso que la Comisión Disciplinaria de la Liga MX decidió sancionar a La Máquina con un juego de veto en el Estadio Azteca.

Por esa razón, el conjunto dirigido por Juan Reynoso no podrá contar con público en su próximo encuentro como local; sin embargo, el periodisca Carlos Córdova aseguró que La Máquina podría solicitar a la Liga MX un cambio de sede para su próximo cotejo.

Esta petición deberán hacerla al presidente de la Liga MX, Mikel Arriola, conforme a los estatudos sobre el veto. El artículo 70 señana que el cambio de sede podría pedirse siempre y cuando el otro estadio se encuentre a más de 50 kilómetros del sancionado, siendo el Corregidora la mejor opción.

"El club sancionado puede jugar en otro estadio de la Liga MX o la Liga de Expansión MX, que se encuentra ubicado a partir de 50 km del estadio habitual, y que deberá ser aprobado por la Presidencia Ejecutiva de la Liga MX, y autorizado expresamente por el club que habitualmente juega en el estadio que se trate".

"El club sancionado deberá informar a la Presidencia Ejecutiva de la Liga MX sobre la decisión de jugar en otro estadio, con cuando menos siete días naturales de anticipación al partido programado tratándose de fase de clasificación y dos días naturales tratándose de jornada doble o fase final", versa el artículo.

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